¿Cuánto pago de impuestos?

La declaración de la renta no es el único momento en que pagamos impuestos.

Cada vez que recibimos o gastamos dinero tenemos que pagar al estado.

Calcula todo lo que pagas al año poniendo tu salario y tu gasto:

Aviso importante: es una estimación simplificadaClick para ver detalles

La calculadora usa datos generales de España actualizados a 2026.

  • No es asesoramiento fiscal, financiero ni laboral. Las cifras reales dependen de tu situación personal y de la normativa aplicable.
  • El IRPF se calcula aplicando tramos generales al salario bruto; no descuenta mínimos personales, reducciones, deducciones ni diferencias autonómicas, así que puede sobreestimar el IRPF real.
  • Seguridad Social suma cotizaciones del trabajador y de la empresa. No representa solo la retención visible en tu nómina y no incluye la prima de accidentes de trabajo, que depende del sector.
  • El IVA usa un tipo medio orientativo y asume que el gasto introducido es precio final con IVA incluido. Tu gasto real puede tener tipos del 21%, 10%, 4% o estar exento.
  • Los “días trabajando para el estado” usan 252 días hábiles como referencia aproximada de un año tras restar fines de semana y festivos que caen entre semana. No descuenta vacaciones pagadas y no incluye todos los impuestos posibles.
17.093 €120.000 €
(4166,67 € al mes)
6000 €60.000 €
(2500 € al mes)

Junto a cada impuesto desglosado, encontrarás el icono ⓘ para saber más del impuesto y saber cómo calcularlo en tu caso

Limitaciones del cálculo

Esta calculadora intenta mostrar una foto rápida de la carga fiscal, pero no puede sustituir una nómina, un simulador oficial o un asesor fiscal. Ten especialmente en cuenta lo siguiente:

  • IRPF: se aplica una escala general directamente al salario bruto. No se calculan mínimos personales y familiares, reducciones por rendimientos del trabajo, deducciones, comunidad autónoma, número de pagadores ni otras circunstancias personales.
  • Seguridad Social: se suman cotizaciones de trabajador y empresa para enseñar una carga total aproximada. Si buscas lo que se descuenta en tu nómina, la parte del trabajador es menor.
  • Cuota de solidaridad: se estima de forma anualizada para salarios por encima de la base máxima, suponiendo una distribución regular del salario durante el año.
  • Accidentes de trabajo: no se incluye la prima de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales porque cambia por actividad, ocupación y empresa.
  • IVA: se usa un tipo medio orientativo. El gasto real puede mezclar bienes y servicios al 21%, 10%, 4%, exentos o no sujetos.
  • Días para el estado: los 252 días hábiles salen de aproximar un año natural restando fines de semana y festivos que suelen caer entre semana. No descuenta vacaciones pagadas. El calendario laboral real cambia por año, comunidad autónoma, municipio y jornada.

Hay más impuestos que no se han tenido en cuenta en el cálculo anterior debido a que dependen de cada caso en particular o son difíciles de contabilizar, como los siguientes:

  • Impuesto sobre el patrimonio.

    Se aplica sobre todos tus bienes, el mínimo exento estatal es de 700.000 euros y se restarían 300.000 euros como máximo de la vivienda habitual. Actualmente, está bonificado al 100% en algunas comunidades autónomas, en otras el tipo estatal va del 0,2 al 3,5%, con variaciones autonómicas. Para patrimonios superiores a 3 millones de euros también puede aplicar el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas.

    Fuentes: Bankinter, Agencia Tributaria

  • La inflación.

    Reduce el valor real de tu dinero. En 2025, el IPC cerró diciembre con una tasa interanual del 2,9% y una media anual aproximada del 2,7%. Esto te afecta haciendo que tus ahorros valgan menos y que tu gasto aumente.
    La inflación beneficia al gobierno en varios sentidos:
    • Imprimir más dinero le permite al gobierno gastar más sin tener que aumentar los impuestos.
    • La deuda del gobierno se ve reducida en términos reales.
    • El gobierno aumenta la recaudación haciendo que la gente suba de tramo del IRPF.

    Fuentes: INE

  • Impuestos relacionados con los vehículos

    • Impuesto de matriculación. Este depende de las emisiones de CO2 del vehículo. Hasta 120 g/km de CO2 es 0%. Entre 121 y 159 g/km de CO2 4,75%. Entre 160 g/km y 199 g/km de CO2 9,75%. Más de 200 g/km de CO2 14,75 %.
    • Impuesto de circulación. Depende del municipio donde residas y de la potencia fiscal del vehículo. Este va desde 7 € los ciclomotores a 224 € los coches de más de 20 caballos fiscales (160 CV) en un municipio como Madrid

    Fuentes: RACE, Ayuntamiento de Madrid, DGT

  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos

    • Gasolina sin plomo de 97 octanos. 431,92 euros por cada 1.000 litros o 0,432 euros por litro.
    • Gasolina con plomo. 433,79 euros por cada 1.000 litros.
    • Demás gasolinas sin plomo. 400,69 euros por cada 1.000 litros o 0,401 euros por litro.
    • Gasóleo de automoción. 307 euros por cada 1.000 litros o 0,307 euros por litro.
    • Gasóleo como carburantes. 78,71 euros por cada 1.000 litros.
    • Fuelóleos. 14 euros por cada 1.000 litros.
    • Gasóleo de uso agrícola o pesquero. Exento de carga fiscal.
    • Biodiésel como carburante. 307 euros por cada 1.000 litros.
    • Otros usos de biodiésel. 78,71 euros por cada 1.000 litros.

    Fuentes: Iberdrola, Agencia Tributaria

  • Impuestos relacionados con la vivienda

    • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplica a viviendas de segunda mano (las de obra nueva se les aplica el IVA al 10%). Este impuesto está entre el 6% y el 10% dependiendo de la comunidad autónoma
    • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD). Varía entre el 0,5% y el 1,5% según la comunidad autónoma
    • Plusvalía Municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Se paga al vender o heredar una vivienda, basado en el incremento del valor catastral del suelo. La cuantía depende del ayuntamiento y los años de posesión

    Fuentes: Agencia Tributaria, Ministerio de Hacienda

  • Impuestos sobre el alcohol

    El alcohol tributa según el tipo de bebida y graduación. Para bebidas derivadas, el tipo general en Península y Baleares equivale a 958,94 € por hectolitro de alcohol puro; por ejemplo, una bebida de 40º soporta unos 3,84 €/litro solo por este impuesto especial. La cerveza depende de grados Plato y graduación; una cerveza común suele estar alrededor de 0,08-0,10 €/litro.

    Fuentes: Agencia Tributaria, Ministerio de Hacienda

  • Impuestos sobre el tabaco

    ~80% del precio de un paquete

    Fuentes: Agencia Tributaria, Ministerio de Hacienda

  • Impuestos sobre el azúcar

    Algunas comunidades autónomas aplican un impuesto a las bebidas azucaradas. En Cataluña, por ejemplo, depende del contenido de azúcar y se mueve aproximadamente entre 0,10 y 0,15 €/litro.

    Fuentes: Agencia Tributaria, Ministerio de Hacienda

  • Canon digital

    Se aplica a la compra de dispositivos de reproducción y dispositivos de almacenamiento digital.
    • Smartphones: 3,25€
    • Tablets: 3,75€
    • Portátiles: 5,33€
    • Discos duros: Desde 6,45€ (dependiendo de la capacidad)
    • CD grabables: 0,08€

    Fuentes: Ministerio de Cultura, Agencia Tributaria

  • Impuesto sobre Primas de Seguro (IPS)

    Un 8% sobre la prima neta del seguro contratado

    Fuentes: Mutua, Agencia Tributaria

  • Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE)

    El 7% sobre la producción de energía

    Fuentes: Newtral, Ministerio para la Transición Ecológica, Agencia Tributaria

Esta página web está hecha de manera informativa con datos generales de España actualizados a 2026 y no representa ningún consejo fiscal o financiero. Las cifras dadas son aproximaciones, las cifras exactas dependerán de tu lugar de residencia y otras condiciones personales como número de hijos, lugar de residencia, etc.
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